El Convenio de Doble Imposición (CDI) entre Colombia y Chile, aprobado mediante la Ley 1261 de 2008, es un acuerdo fundamental para evitar la doble tributación y prevenir la evasión fiscal en transacciones entre residentes de ambos países. En este artículo, exploraremos cómo opera este convenio en la retención en la fuente aplicada a contratistas extranjeros no residentes en Colombia.
⚡ Aplicabilidad del Convenio de Doble Imposición
De acuerdo con la Sentencia C-460 de 2010 de la Corte Constitucional, los CDI tienen aplicación preferente sobre la normativa interna debido a su especialidad. Esto significa que, en materia de tributación, las disposiciones del convenio prevalecen sobre el Estatuto Tributario colombiano.
El Artículo 1 del Convenio establece que su aplicación se restringe a personas residentes en uno o ambos Estados Contratantes. En este sentido, un contratista extranjero no residente en Colombia, pero con residencia fiscal en Chile, podrá acogerse a los beneficios del CDI.
🔄 Retención en la Fuente en aplicación del convenio Colombia-Chile: ¿10% o 20%?
Uno de los principales interrogantes sobre la aplicación del CDI es si la retención en la fuente para contratistas extranjeros no residentes en Colombia debe limitarse al 10% del valor total del contrato, o si, por el contrario, debe aplicarse la tarifa general del 20% establecida en el artículo 408 del Estatuto Tributario.
La DIAN, en su concepto 100208192-1118 de 2022, reitera que los pagos efectuados por residentes fiscales en Colombia a contratistas con residencia en Chile pueden beneficiarse de la tarifa reducida del 10%, siempre que se cumplan los requisitos estipulados en el convenio entre Colombia y Chile.
🔍 Requisitos para la Aplicación del Convenio entre Colombia y Chile
Para beneficiarse de la tarifa reducida del CDI, el contratista extranjero debe:
- Acreditar su residencia fiscal en Chile mediante certificación expedida por la autoridad competente en dicho país.
- Analizar la naturaleza del pago y verificar que corresponde a los términos previstos en el convenio.
- Solicitar la reducción de la retención en la fuente, si es aplicable, ante la autoridad tributaria correspondiente.
📈 Implicaciones para Empresas en Colombia
Para las empresas colombianas que contratan servicios de proveedores extranjeros con residencia en Chile, es clave considerar lo siguiente:
- La aplicación del CDI puede optimizar la carga tributaria y evitar pagos excesivos.
- Es fundamental obtener la certificación de residencia fiscal del proveedor antes de realizar el pago.
- El desconocimiento del convenio puede derivar en sobrecostos por una retención en la fuente superior a la estipulada en el tratado.
✅ Conclusión
El CDI entre Colombia y Chile representa una herramienta clave para la tributación de contratistas extranjeros no residentes, asegurando una retención en la fuente más favorable para ellos. Las empresas colombianas deben conocer y aplicar correctamente este convenio para optimizar su carga fiscal y cumplir con la normatividad vigente.