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Tratamiento del IVA Descontable en Colombia: Análisis y Actualización 2025

El IVA descontable en Colombia representa un componente clave del sistema tributario, permitiendo a los responsables del impuesto restar el IVA pagado en la adquisición de bienes, servicios e importaciones, del IVA generado por sus operaciones gravadas. Esta figura garantiza que el impuesto recaiga únicamente sobre el valor agregado, evitando la doble tributación. Según el Estatuto Tributario, artículos como el 485, 488 y 496 regulan los requisitos, procedencia y oportunidad del descuento, estableciendo vínculos directos con la deducibilidad en el impuesto sobre la renta.


Durante 2024 y 2025, el marco normativo ha sido objeto de importantes actualizaciones mediante decretos, conceptos DIAN y fallos judiciales. Entre ellos, se destaca la Sentencia 29509 de 2025 del Consejo de Estado, que eliminó el requisito del acuse de recibido para la validez del IVA descontable. Asimismo, el Concepto DIAN 007351 de 2025 negó este beneficio a entidades no contribuyentes de renta, reforzando la conexión con la computabilidad como gasto. El Decreto 1625 de 2016, actualizado constantemente, complementa estas disposiciones, detallando, por ejemplo, el manejo del IVA en activos fijos y los días sin IVA.

Para 2025, la gestión del IVA descontable exige a las empresas una planificación fiscal integral, soportes electrónicos válidos y un riguroso cumplimiento normativo. La jurisprudencia reciente ha reforzado la flexibilidad para declarar el IVA en diferentes períodos fiscales, pero también ha reiterado la necesidad de demostrar la causalidad, necesidad y proporcionalidad de los gastos. Mantenerse actualizado frente a estos cambios normativos y judiciales es esencial para garantizar el cumplimiento, evitar sanciones y optimizar la carga tributaria empresarial.

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